Como agentes digitalizadores podemos ayudarte en muchas áreas de tu negocio. ¡Apuntate cuanto antes mejor! Las subvenciones son limitadas y se conceden por orden de llegada.
Un programa financiado por la UE dirigido a empreses (pequeñas y medias) y a autonomos con la finalidad de subvencionar la implantación de mejoras digitales a las empreses del territorio espanyol. Podrás optar a un bono digital para destinar entre 2.000€ y 12.000€ (dependiendo de la medida de tu empresa) en soluciones digitales de mejora de tu negocio.
Ya sea una empresa pequeña, microempresa o autónomo/a y tener la condición como tal legalmente.
Disponer del nivel de madureza digital de acuerdo con el test de diagnóstico.
Del art. 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El límite de ayudas
Y las obligaciones tributarias con la seguridad social
a una orden de recuperación pendiente de la comisión europea.
Los requisitos oficiales que debes cumplir como empresario figuran en la disposición nº21873 del Boletin Oficial del Estado (BOE) del 30 de diciembre. Para poder acceder a estas ayudas, tu empresa deberá cumplir los siguientes requisitos:
La relación entre la empresa beneficiaria de la ayuda y los agentes digitalizadores en el marco de estas bases se formalizará mediante un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, que recogerá las funcionalidades a implementar (1), su plazo de ejecución (2), las obligaciones entre ambos respecto a la ayuda concedida (3), y el importe del «bono digital» aplicable (4). Cada convocatoria establecerá el modelo del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.
En un plazo máximo de 3 meses, el agente digitalizador (es decir, iMàtica) implantaremos los requisitos estipulados en cada fase y presentaremos los justificantes pertinentes a tu nombre (beneficiario).
Tras la primera fase, te emitiremos una factura con el importe total del servicio indicando la parte subvencionable. Los gastos no subvencionables (como los impuestos) deberán ser abonados. A su vez, nos cedes el derecho a cobrar la parte subvencionable.
Desde la fecha de factura tenemos 12 meses para poner en marcha tu solución digital en su totalidad.Desde la fecha de factura tenemos 12 meses para poner en marcha tu solución digital en su totalidad.
Presentamos todos los justificantes necesarios para cobrar el resto de la ayuda (Fase 2).
El número de empleados determina el segmento empresarial que ocupas. Las personas en situación de autoempleo se consideran incluidos en todos los segmentos, en función del número de trabajadores que tenga contratados.
Sí. Las personas en situación de autoempleo se consideran incluidos en todos los segmentos, en función del número de trabajadores que tenga contratados. Revisa la pregunta anterior para tener más información.
La respuesta corta es: apúntate cuanto antes. Las subvenciones son limitadas y se conceden por orden de llegada. Los que primero la soliciten tendrán más posibilidades de que se la concedan.
El periodo de solicitudes empieza el 11 de enero de 2022. Igualmente, se fijan tres periodos importantes a la hora de solicitar las subvenciones de Kit Digital
Disponemos de 6 meses para…
Formalizar los acuerdos de prestación de servicios empezando a contar desde la notificación de la concesión de la ayuda.
Después, tenemos 3 meses para…
Realizar la implantación tecnológica que se ha solicitado.}
Y otros 12 meses…
A partir de la factura que pone fin a la fase anterior donde la solución de digitalización deberá ser implementada.
Además , una vez se concedan las subvenciones, nosotros seremos uno de los agentes digitalizadores disponibles.