Benefíciate del Kit digital financiado por la UE para la mejora digital de tu empresa.

Como agentes digitalizadores podemos ayudarte en muchas áreas de tu negocio. ¡Apuntate cuanto antes mejor! Las subvenciones son limitadas y se conceden por orden de llegada.

¿Que es el Kit digital?

Un programa financiado por la UE dirigido a empreses (pequeñas y medias) y a autonomos con la finalidad de subvencionar la implantación de mejoras digitales a las empreses del territorio espanyol. Podrás optar a un bono digital para destinar entre 2.000€ y 12.000€ (dependiendo de la medida de tu empresa) en soluciones digitales de mejora de tu negocio.

¿Cuáles son los requisitos para optar al Kit Digital?

Ser una empresa

Ya sea una empresa pequeña, microempresa o autónomo/a y tener la condición como tal legalmente.

Pasar el test

Disponer del nivel de madureza digital de acuerdo con el test de diagnóstico.

No incurrir en prohibiciones

Del art. 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

No superar

El límite de ayudas

Tener en orden los pagos

Y las obligaciones tributarias con la seguridad social

No estar sujeto

a una orden de recuperación pendiente de la comisión europea.

Preguntes frecuentes

Los requisitos oficiales que debes cumplir como empresario figuran en la disposición nº21873 del Boletin Oficial del Estado (BOE) del 30 de diciembre. Para poder acceder a estas ayudas, tu empresa deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser pequeña empresa, microempresa o persona en situación de autoempleo de conformidad con las definiciones del Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014.
  • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del citado reglamento.
  • Estar al corriente de pagos de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.
  • Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea.
  • No superar el límite de ayudas de minimis.
  • Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme
Paso nº1 – La formalización del acuerdo.

La relación entre la empresa beneficiaria de la ayuda y los agentes digitalizadores en el marco de estas bases se formalizará mediante un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, que recogerá las funcionalidades a implementar (1), su plazo de ejecución (2), las obligaciones entre ambos respecto a la ayuda concedida (3), y el importe del «bono digital» aplicable (4). Cada convocatoria establecerá el modelo del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.

Paso nº2 – Implantación de la solución

En un plazo máximo de 3 meses, el agente digitalizador (es decir, iMàtica) implantaremos los requisitos estipulados en cada fase y presentaremos los justificantes pertinentes a tu nombre (beneficiario).

Paso nº3 – Entrega de la factura y pago

Tras la primera fase, te emitiremos una factura con el importe total del servicio indicando la parte subvencionable. Los gastos no subvencionables (como los impuestos) deberán ser abonados. A su vez, nos cedes el derecho a cobrar la parte subvencionable.

Paso nº4 – Ejecución de la totalidad del servicio

Desde la fecha de factura tenemos 12 meses para poner en marcha tu solución digital en su totalidad.Desde la fecha de factura tenemos 12 meses para poner en marcha tu solución digital en su totalidad.

Paso nº5 – Cobro del abono

Presentamos todos los justificantes necesarios para cobrar el resto de la ayuda (Fase 2).

El número de empleados determina el segmento empresarial que ocupas. Las personas en situación de autoempleo se consideran incluidos en todos los segmentos, en función del número de trabajadores que tenga contratados.

Segmento I
  • Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados.
  • Importe máximo: 12.000€
Segmento II
  • Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados.
  • Importe: 6.000€
Segmento III
  • Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados.
  • Importe: 2.000€

Sí. Las personas en situación de autoempleo se consideran incluidos en todos los segmentos, en función del número de trabajadores que tenga contratados. Revisa la pregunta anterior para tener más información.

La respuesta corta es: apúntate cuanto antes. Las subvenciones son limitadas y se conceden por orden de llegada. Los que primero la soliciten tendrán más posibilidades de que se la concedan.

El periodo de solicitudes empieza el 11 de enero de 2022. Igualmente, se fijan tres periodos importantes a la hora de solicitar las subvenciones de Kit Digital

Disponemos de 6 meses para…

Formalizar los acuerdos de prestación de servicios empezando a contar desde la notificación de la concesión de la ayuda.

Después, tenemos 3 meses para…

Realizar la implantación tecnológica que se ha solicitado.}

Y otros 12 meses…

A partir de la factura que pone fin a la fase anterior donde la solución de digitalización deberá ser implementada.

En GDG te ofrecemos la gestión de la solicitud para adherirte al programa y recibir el bono digital.

Además , una vez se concedan las subvenciones, nosotros seremos uno de los agentes digitalizadores disponibles.

Contáctanos para más información

972 216 221

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